ANEXO 1. INVERSIONES INCLUIDAS PROVISIONALMENTE
ANEXO 2. INVERSIONES EN LISTA DE RESERVA
ANEXO 3. INVERSIONES NO ADMISIBLES
RESOLUCIÓN DE INCLUSIÓN PROVISIONAL:
El 4 de julio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de Navarra la Resolución 126E/2023 por la que se aprueba la relación de inversiones incluidas provisionalmente con cargo a las disponibilidades presupuestarias, la relación de inversiones en reserva y la relación de inversiones no admisibles, para la línea de inversión de "Dotaciones municipales y concejiles" para el periodo de planificación 2023-2025.
- Permitirá el Inicio de las inversiones incluidas provisionalmente (Artículo 16.8 LF 8/2022)
- Se iniciará el plazo de cuatro meses para que las Entidades Locales presenten la documentación necesaria para la inclusión definitiva de las inversiones. (Artículo 17.1 LF 8/2022)
Inversiones incluidas provisionalmente:
La Resolución 126E/2023 aprueba una relación de inversiones incluidas provisionalmente con cargo a las disponibilidades presupuestarias, conforme al Anexo 1.
Estas inversiones no podrán comenzar (firma del acta de Replanteo e inicio de obra) hasta que la Resolución 126E/2023 se publique en el BON, salvo que cuenten con un Permiso de Inicio conforme al artículo 23 de la Ley Foral 8/2022, Reguladora del Plan de Inversiones Locales.
De la misma forma, con la publicación de la Resolución en el BON, comenzará el plazo de 4 meses para que la Entidades Locales presenten la documentación requerida para la inclusión definitiva de las inversiones:
a. Declaración responsable relativa a la disposición de la financiación de la parte de la inversión no cubierta por el Plan de Inversiones.
b. Proyecto de ejecución, de conformidad con lo establecido en la legislación foral de contratos públicos.
c. Certificado de aprobación del proyecto de ejecución por el órgano competente.
d. Certificado acreditativo del no inicio de la ejecución de la inversión antes de la publicación de la resolución o resoluciones de inclusión provisional, excepto para inversiones iniciadas con anterioridad, al amparo de una resolución de permiso de inicio de obra. En este último caso, se deberá presentar la correspondiente acta de replanteo e inicio de obra.
e. Documento resumen de la inversión, que incluirá el presupuesto para conocimiento de la administración y la planificación de la ejecución de la inversión por anualidades.
Inversiones en lista de reserva:
Una vez agotada la disponibilidad presupuestaria para esta línea de inversión, se aprueba una relación de inversiones en lista de reserva, conforme al Anexo 2
Las Entidades Locales que quieren ejecutar las inversiones de esta relación, deberán solicitar un permiso de inicio conforme al artículo 23 de la Ley Foral 8/2022, Reguladora del Plan de Inversiones Locales.
En el caso de iniciar las obras sin contar con una resolución de permiso de inicio, se perderá el derecho de ser incluidas provisionalmente en un futuro, en caso de contar con disponibilidad presupuestaria.
Inversiones no admisibles:
Por último, se aprueba una relación de inversiones que no han sido admitidas por incumplir los requisitos establecidos en Ley Foral 8/2022, Reguladora del Plan de Inversiones Locales, aquellas calificadas como inversiones sin prioridad, y las que han agotado la aportación máxima que establece la Ley Foral para cada entidad local, conforme al Anexo 3